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Por Mario Guarda , 27 de agosto de 2020

Agrícola Kuriñanco y paralización de loteos: "Medida es transitoria y hemos cumplido con la ley"

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Empresa cuestionada por parcelaciones en la costa valdiviana emitió una declaración: "No son proyectos inmobiliarios que contemplen construcción de viviendas y tampoco obras de urbanización", argumenta. Revisa el resto de la declaración.

Tras la resolución del Tribunal Ambiental de Valdivia, que autorizó la solicitud de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) para decretar la medida provisional pre procedimental de detener el funcionamiento de las instalaciones de cuatro proyectos inmobiliarios que se ejecutan en el sector costero de Valdivia por parte de la Agrícola Kuriñanco Ltda, ésta emitió una declaración con sus descargos al respecto.

Entre los principales argumentos expuestos por el Tribunal Ambiental para respaldar su decisión, medida que será aplicada por un período de 15 días, se expresa que “Al tratarse el caso concreto de loteos con superficies prediales totales superiores al límite establecido en el Reglamento del SEIA, se infiere que la actividad inmobiliaria desarrollada, requiere ser evaluada ambientalmente en forma previa a su materialización, lo que no ha ocurrido”.

Asimismo el Tribunal indicó que se aprecian otros efectos derivados de las obras, las que son de carácter medioambiental, como la pérdida de cubierta vegetal y de suelo, la erosión y contaminación de cursos de agua usados como fuente de abastecimiento de agua potable, entre otros.

DECLARACIÓN PÚBLICA AGRÍCOLA KURIÑANCO

Valdivia, jueves 27 de agosto de 2020.

Ante la resolución emitida, por el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia que autoriza a la Superintendencia del Medio Ambiente ordenar la paralización de las operaciones de los cuatro proyectos de parcelación de predios rústicos en los sectores de Cutipay, Pilolcura y Los Pellines, por un periodo de 15 días, en Agrícola Kuriñanco Ltda, empresa familiar valdiviana, lamentamos esta decisión sin embargo, cumpliremos la medida impuesta por este Tribunal.

Es importante destacar, que esta resolución es una medida de carácter provisional, que tiene una duración máxima de 15 días y ha sido emitida antes de la iniciación de un proceso sancionatorio. Ante lo cual debemos aclarar que Agrícola Kuriñanco Ltda. no ha sido objeto de ninguna sanción y mucho menos se nos han levantado cargos.

Todos nuestros proyectos, han contado con los permisos sectoriales solicitados por los organismos públicos competentes y estos consisten en subdivisiones prediales que han dado origen a parcelas de agrado, por lo tanto, no son proyectos inmobiliarios que contemplen construcción de viviendas y tampoco obras de urbanización. Del mismo modo, debemos aclarar que nuestros proyectos no corresponden a loteos, ya que todos los caminos son interiores y de servidumbre, y no existe ningún camino que se haya entregado con un bien nacional de uso público. Este proyecto consiste netamente en la venta de parcela de agrado, como existen muchas en Chile y en el mismo sector vendidos por otros particulares.

Por otra parte, Agrícola Kuriñanco Ltda. durante toda la fiscalización que llevó a cabo la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) puso a su disposición todos los antecedentes necesarios para que esta entidad pudiese resolver con toda la información pertinente. 

Finalmente, como Agricola Kuriñanco Ltda. y empresa familiar valdiviana, reiteramos que nos encontramos llanos a cumplir con la medida impuesta por el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia, no obstante, ejerceremos nuestro derecho a presentar los recursos legales que estimemos convenientes, considerando que todos nuestros proyectos han sido ejecutados acorde a la normativa vigente y comprometidos con el buen desarrollo de las comunidades a nuestro alrededor. 

Tras la resolución, la SMA podrá decretar la detención de funcionamiento de las instalaciones, durante 15 días.

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