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Por Salvatore Bellemo , 28 de febrero de 2021

Aprueban primera Ley sobre Eficiencia Energética para Chile

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La propuesta promueve el uso racional y eficiente de los recursos para contribuir a mejorar la calidad de vida de las personas y reducir las emisiones de contaminantes.

La Sala de la Cámara de Diputados aprobó y despachó al Ejecutivo, el proyecto de ley sobre eficiencia energética, que busca promover el uso racional y eficaz de estos recursos, contribuyendo con el desarrollo sostenible del país.

La propuesta respaldada por 112 votos a favor y 1 abstención, expresa en su contenido, como objetivo principal, “el fomento de una cultura del buen uso de la energía en todo el país, promoviendo la seguridad energética. Además, apoyará a las metas de reducción de emisiones nacionales y mejorará las condiciones locales medio ambientales y de confort de los ciudadanos”. 

Sin embargo, el proyecto no estuvo exento de discrepancias entre la Cámara y el Senado, las que fueron resueltas por la Comisión Mixta. La primera de ellas, respecto a la depreciación acelerada de los vehículos eléctricos, híbridos o cero emisiones; y la segunda, sobre las metas del primer Plan Nacional de Eficiencia Energética.

En el primer caso, se definió que el Servicio de Impuestos Internos (SII) podrá, dentro de los 10 años siguientes, una vez que la ley haya entrado en vigencia, establecer, en forma extraordinaria y diferenciada, una vida útil de tres años para efectos de la aplicación del régimen de depreciación normal o acelerada.

En el segundo caso, se estableció que el Plan Nacional de Eficiencia Energética, deberá determinar una meta de al menos 10% de reducción de la intensidad energética para el país al año 2030 en relación con el 2019. 

Entre otras medidas, el Ministerio de Energía deberá crear un Plan Nacional de Eficiencia Energética cada cinco años, el cual será sometido al Consejo de Ministros para la Sustentabilidad. Este debe considerar estándares mínimos de: eficiencia energética residencial, en la edificación y el transporte; etiquetado de artefactos; educación y capacitación en esta materia, entre otros. 

Además, deberá establecer metas de corto, mediano y largo plazo, así como los planes, programas y acciones necesarios para alcanzar dichas metas.

Para lo anterior, el Ministerio determinará los consumidores con capacidad de gestión de energía, quienes deberán implementar un sistema en dicha línea. Adicionalmente, deberán informar anualmente los consumos de energía y otros indicadores, con los que la cartera elaborará anualmente un reporte público. 

Cabe mencionar que la entidad a cargo de la fiscalización y sanción de dicha gestión, será la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC).

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